Facturación

Cómo facturar como transportista de carga: alta en el SAT, régimen (RESICO) y tu primer CFDI

20 de junio de 20267 min de lectura

Arrancar como transportista de carga implica algo más que tener camión y clientes: necesitas facturar bien desde el primer flete. Esta guía es el mapa completo — del alta en el SAT a tu primer CFDI con Carta Porte — para que no te pierdas en el camino.

Paso 1: date de alta en el SAT

Antes de facturar necesitas tres cosas:

  • RFC con tu actividad económica de autotransporte de carga registrada. (¿Dudas del formato? valida un RFC aquí.)
  • e.firma (la antes llamada FIEL): tu identidad digital ante el SAT.
  • Certificado de Sello Digital (CSD): el archivo con el que firmas cada factura. Es distinto de la e.firma y se genera en el portal del SAT.

Paso 2: elige tu régimen (RESICO suele ganar)

El régimen define cuánto ISR pagas y cuánta contabilidad llevas. Para la mayoría de los transportistas que empiezan, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es el más conveniente:

  • Tasas de ISR muy bajas sobre tus ingresos efectivamente cobrados.
  • Contabilidad mínima: pagas sobre lo que cobras, sin tanto trámite.
  • Aplica mientras no rebases el tope de ingresos anuales de RESICO para persona física.

Si tu operación es más grande o tienes socios, quizá te toque régimen general o persona moral. Esta decisión sí conviene tomarla con un contador.

Paso 3: emite tu primer CFDI

Como cobras por transportar, tu factura es un CFDI de Ingreso: el servicio del flete con clave 78101800, unidad E48 e IVA del 16%. Si mueves mercancía propia el caso cambia — lo desglosamos en CFDI de Traslado o de Ingreso.

Las retenciones: 4% de IVA (y algo de ISR)

Cuando facturas a una persona moral, por autotransporte terrestre de bienes te retienen el 4% de IVA. Si además estás en RESICO, esa misma empresa te retiene un pequeño porcentaje de ISR. Son montos que tu cliente entera por ti, pero tu factura debe reflejarlos correctamente o te la rechazan. Saca la cuenta de tu flete con la calculadora de retención.

¿Y la Carta Porte?

Casi siempre. Si trasladas mercancías por carretera federal, tu CFDI de Ingreso debe llevar el complemento Carta Porte 3.1. Empieza por qué es y quién está obligado, y si manejas tu propio camión, mira la guía del dueño-operador.

Resumen

PasoQué necesitas
Alta en el SATRFC, e.firma, CSD
RégimenRESICO para la mayoría que empieza
Factura del fleteCFDI de Ingreso, clave 78101800, IVA 16%
Retenciones4% IVA (y algo de ISR en RESICO) al facturar a empresas
Carta PorteComplemento 3.1 cuando trasladas mercancía

Con Enporte haces todo en un solo lugar: emites el CFDI de Ingreso con sus retenciones y le pegas la Carta Porte validada antes de timbrar, con el copiloto IA ayudándote a armarla. Empieza gratis, sin tarjeta.

Esta guía es informativa y no constituye asesoría fiscal. Las tasas y topes de cada régimen se actualizan; confirma tu caso con tu contador.

Preguntas frecuentes

¿Qué necesito para empezar a facturar como transportista?+

RFC con tu actividad de autotransporte de carga, e.firma y un Certificado de Sello Digital (CSD). El CSD es el archivo con el que firmas cada factura y es distinto de la e.firma.

¿RESICO o régimen general para un transportista?+

Para la mayoría que empieza, RESICO conviene: tasas de ISR bajas y contabilidad mínima mientras no rebases el tope de ingresos anuales. Operaciones más grandes o con socios pueden requerir régimen general o persona moral.

¿Qué retenciones me aplican?+

Al facturar a una persona moral te retienen el 4% de IVA por autotransporte terrestre de bienes; si además estás en RESICO, esa empresa te retiene un pequeño porcentaje de ISR.

Sigue leyendo